El despido improcedente es un tipo de mecanismo en el cual una empresa prescinde de los servicios de un empleado sin causa aparente, no amparado bajo la ley y de forma unilateral. Este tipo de caso forma parte de los despidos laborales, los cuales también pueden ser procedentes.
Cuando una empresa lleva a cabo este tipo de despidos no es necesario dar una razón al empleado. A partir de la toma de decisiones, las leyes le plantean dos opciones: pagar una indemnización en un plazo establecido o realizar el reintegro del trabajador a su puesto.
Pago de indemnización por un despido improcedente
Cuando la empresa elige el pago de indemnización tras el despido improcedente, entonces debe realizar la cancelación de 33 días de trabajo por cada año que este laboró en dicha compañía. Para ello se establece un periodo de 24 mensualidades hasta que la deuda quede saldada.
En cierta forma, el pago de la indemnización puede establecerse de manera tácita. Es decir, si tras notificar sobre el despido al trabajador no ocurre ningún proceso que conlleve a la conciliación entre ambas partes o el reintegro, se sobreentiende que la empresa asumirá el pago que la ley ordena.
No obstante, algunas compañías resaltan que realizarán el pago al entregar la carta de despido.
Reclamos y reintegro del trabajador
Si por el contrario, al recibir la carta de despido, el trabajador no se siente conforme con la decisión, cuenta con 20 días hábiles para iniciar un proceso conciliatorio.
La compañía decidirá si acepta o no el reintegro, aunque en la mayoría de los casos esto no sucede. No obstante, si accede a regresar al trabajador a su puesto, la empresa deberá pagarle los sueldos que este no recibió mientras duró el proceso conciliatorio o encontró un nuevo empleo.
Finalmente, en caso de que la empresa acepte el reintegro pero no garantice al empleado las condiciones que antes tenía, entonces este puede iniciar una demanda. El juez podrá ordenar que la compañía pague la indemnización y así se finalice el contrato laboral de manera definitiva.
Cuando se trata de empleados que forman parte de organizaciones sindicales o representantes legales, son ellos y no las empresas quienes deciden entre la indemnización o el reintegro.
Para estos casos, tanto trabajadores como empresa presentan sus casos a abogados laborales, quienes se encargan de coordinar y orientar todo el proceso a seguir.